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Recursos Naturales: Promoción del desarrollo forestal
Enviado el Saturday, 28 May a las 19:18:53 por Redacción

Universidades II JORNADAS REGIONALES: Alcances del Plan Nacional y las alternativas para quienes pretenden incursionar en la actividad.
Una disertación acerca de los alcances del Plan Nacional Forestal y las características de la actividad fue brindada por profesionales especializados en el marco de jornadas organizadas por el Departamento de Agronomía de la Universidad Nacional de Sur.

El técnico forestal Mauricio Hoyos, de la secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, quien se desempeña como encargado del área de extensión en la región pampeana, dialogó con "La Nueva Provincia" y comentó algunas características del Proyecto Forestal de Desarrollo.
     Dicho plan se encuentra normado por la Ley Nacional de Incentivo Nº 25.080, de inversiones para bosques cultivados.
     "Esta ley tiene varios puntos importantes en cuanto a beneficios a toda persona que se decida a invertir en materia forestal. Entre los más importantes, figura el apoyo económico que se brinda para todo el país. Cada provincia tiene un monto distinto, dispuesto de acuerdo con los costos de cada región", señaló Hoyos, al tiempo de aclarar que no hay restricciones en cuanto a especies y tipos de plantaciones a realizar, admitiéndose el desarrollo de cortinas y montes de reparo.
     También mencionó que cualquier persona (física, jurídica u organismo público) puede solicitar apoyo para llevar adelante un proyecto, aunque resulta ser dos hectáreas la superficie mínima a forestar para ser incluido en los alcances de la reglamentación.
     "Se presenta la documentación ante la autoridad de aplicación --generalmente son la Dirección de Bosques o Dirección de Recursos Naturales--, se hace una primera evaluación y luego se lo gira a la secretaría de Agricultura de la Nación", dijo.
     "Uno hace su forestación y, después de un año, si ya se tiene el proyecto elaborado y en marcha, se presenta un certificado de plantación lograda, se la inspecciona y, si está todo bien y según los términos de la ley, se paga a los 16 ó 18 meses", agregó.
     Apoyo. Hoyos resaltó que desde hace mucho tiempo la Nación viene apoyando de distintas maneras a la actividad forestal.
     Al mismo tiempo, se refirió a la situación que al respecto atraviesa nuestra provincia.
     "Si bien todos los que estamos en estos temas somos forestales y nos gusta, sabemos que la provincia de Buenos Aires no lo es y no creemos que lo vaya a ser, porque las principales actividades son otras. De todas maneras, creemos que tiene un espacio para introducirse en todas las empresas agropecuarias y se le puede destinar un sitial sin restar importancia y superficie a las actividades más importantes, como la agricultura y ganadería", comentó.
     "Todo campo tiene superficies de desperdicio o suelos no tan aptos, que se pueden destinar a la forestación. Pretendemos que los productores incorporen la actividad como una alternativa más dentro de la empresa agropecuaria, como una forma de diversificar la producción", siguió diciendo.
     Por último, calificó a la explotación forestal como una actividad a largo plazo y de bajo riesgo.
     "Las otras, si bien ya están establecidas y tienen mercados constantes, manifiestan variaciones marcadas en los tiempos. Los productores tienen excelentes y malas cosechas y altos y bajos precios. La actividad forestal quizás les pueda dar estabilidad en algún momento en que las otras no la proporcionen", afirmó.
      PABLO PASCUAL

Puntos importantes de la Ley 25.080

* Brinda estabilidad tributaria. Se garantiza que durante 30 años no se podrá incrementar ningún tipo de impuestos tanto a nivel nacional, como provincial o municipal, lapso que se puede extender a 50 años según la especie y la zona de plantación.

* Favorece la recuperación del impuesto al valor agregado (IVA) dentro del año de haber realizado la inversión forestal. Los bienes a los que corresponde este beneficio son compra o importación definitiva de bienes y locaciones de prestaciones de servicios destinados a los nuevos emprendimientos.

* Permite la amortización anticipada en bienes de capital. Apoyo económico no reintegrable a las plantaciones y a los tratamientos silviculturales.

Frase:

"Según algunos estudios, en toda explotación agropecuaria hay entre un 5 y 10 por ciento de desperdicio en cuanto al uso de tierra" (Mauricio Hoyos).

LA NUEVA PROVINCIA - (Bahia Blanca) -28 de Mayo de 2005
http://www.lanuevaprovincia.com.ar/05/05/28/55s010.sht

 
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