Nueva unidad de emergencias legales
Fecha Friday, 22 November a las 20:32:51
Tema Gobierno


Nueva unidad de emergencias legales Tendrá como fin superar los conflictos entre deudores y acreedores extrabancarios.
El próximo lunes, el decreto será discutido por el PJ y el radicalismo. Se establecen mecanismos para tratar de evitar las ejecuciones hipotecarias.
Ejes del actual borrador.
Nueve artículos le dan vida a la unidad de emergencias legales que debería servir para mediar entre deudores y acreedores extrabancarios. .
LA NACION - 22/11/2002


El borrador del decreto que da origen a la mediación entre las partes volverá a ser discutido el lunes, según confirmaron ayer fuentes legislativas del justicialismo. Aunque en las últimas horas se logró avanzar en la norma, los diputados radicales pretenden que "los jueces tengan un mayor poder para suspender las ejecuciones", según comentó uno de los legisladores que participó ayer en una reunión desarrollada en el Ministerio de Economía para resolver el conflictivo tema. .
Junto al subsecretario de Financiamiento, Leonardo Madcur, los diputados del PJ y la UCR analizaron un borrador consensuado entre Economía y los legisladores justicialistas que determina los siguientes ejes para las deudas extrabancarias sujetas a ejecución: .
Se crea en los ámbitos de los ministerios de Trabajo y Producción unidades de emergencias legales que intervengan a pedido de una de las partes en "los casos de ejecuciones judiciales, extrajudiciales o en aquellos casos en los que el deudor haya incurrido en mora frente a toda clase de acreedores". .
Se habilita el pago por medio de las mencionadas unidades. En el caso de las Pyme, se hará mediante el Ministerio de la Producción cuando "afecten bienes esenciales a su giro comercial y proponga un plan de pago factible". En cuanto a las personas físicas, se canalizará a través de la cartera laboral cuando "éstas fueran deudoras y el bien afectado con la garantía hipotecaria sea la vivienda única de ocupación permanente y/o demostrase imposibilidad de pago y ser deudor de buena fe y proponga un plan de pago". .
La unidad del Ministerio de Trabajo permitirá la solicitud de conciliación en el caso de ejecuciones contra personas físicas, cuando éstas sean deudoras por un monto de hasta $ 50.000 o US$ 50.000 otorgado en origen y hubiesen pagado al menos un 20% del mutuo o demuestren un plan de pagos creíble. En el caso de las Pyme, el tope es de 100.000 pesos. .
La parte que solicite el inicio del trámite administrativo debe pedir la suspensión del proceso judicial, que debe ser considerada por el juez a cargo de la causa. .
La unidad deberá convocar al acreedor o al deudor, según corresponda, para acercar a las partes y, eventualmente, lograr un acuerdo de conciliación. Se levantará un acta de cada una de las reuniones. .
El acta final será presentada ante el juez de la causa para ser homologada. .
Producción y Trabajo deben arbitrar los medios necesarios para que en cada provincia los deudores y los acreedores puedan presentarse. .
Aunque el PJ confía en que este segundo borrador podría aprobarse la semana próxima, el radicalismo cree que el acuerdo está lejos. En el medio, el Ministerio de Economía aparece confundido por esta pelea que impide avanzar en la Cámara baja con el resto de la agenda comprometida ante el Fondo Monetario Internacional (FMI). Más allá de los detalles, el FMI no quiere más prórrogas a los remates.

Por Martín Kanenguiser- LA NACION - 22/11/2002
http://www.lanacion.com.ar/02/11/22/dp_452033.asp





Este artículo proviene de Portal AAIQ
http://www.aaiq.org.ar

La dirección de esta noticia es:
http://www.aaiq.org.ar/modules.php?name=News&file=article&sid=24